Para establecer cómo se reparten los bienes, es necesario primero distinguir entre los distintos regímenes económicos matrimoniales que existen:
1) Sociedad Cónyugal: Se debe liquidar la sociedad conyugal, en esta liquidación se forma una comunidad entre los cónyuges, donde el pasivo (deudas, créditos, deudas por pagar, cuotas, etc) y el activo (terrenos, casas, autos, créditos por cobrar,etc) de la sociedad se reparten en partes iguales. En esta liquidación se debe distinguir entre aquellos bienes que pertenecen a la sociedad y aquellos que pertenecen a cada uno de los cónyuges por separado. Además la mujer puede acogerse a lo dispuesto en el articulo 150 del Codigo Civil (patrimonio reservado), en que la mujer casada que desempeñe algún empleo o ejerzan algún oficio se considera separada de bienes respecto del ejercicio de este empleo u oficio y de lo que de ello obtenga.
2) Separación de bienes: Si estaban casados con separación de bienes siempre se mantuvieron separados los patrimonios, cada uno mantendrá lo que le pertenece.
3) Si estaban casados con participación en los gananciales: se calculan los gananciales y el cónyuge que tenga menos obtiene un crédito contra el otro cónyuge por la diferencia.